IMPUESTO VERDE
1.-¿QUÉ ES EL IMPUESTO VERDE?
Es un impuesto aplicado a las fuentes móviles en UTM, con el objeto de atenuar impacto negativo en el medio ambiente. Artículo N°3 ley 20.780
2.- ¿CÓMO SE CALCULA?
Se calcula en base a 3 factores:
Niveles de rendimiento urbano.
Emisión de óxido de Nitrógeno.
Precio de venta.
PARA CONOCER EL VALOR A PAGAR, DIRÍJASE A LOS SITIOS DE TESORERÍA, SII, REGISTRO CIVIL O MINISTERIO DE TRANSPORTE.
3.- ¿QUIÉN LO PAGA?
- Todos los vehículos motorizados: nuevos, livianos y medianos.
- Lo paga la persona que deba inscribir el vehículo respectivo, en el Registro de Vehículos Motorizados.
- Taxis
4.- ¿DÓNDE SE PAGA?
Tesorería General de la República: ingresando al sitio www.tesoreria.cl, en el banner «Impuesto Verde Fuentes Móviles».
5.- ¿CÓMO SE PAGA?
- En forma electrónica: ingresando al sitio www.tesoreria.cl, se completa correctamente formulario 88 (N° de factura, código de homologación, $ total vehículo y toda la información que se solicite) e imprime el comprobante de pago.
- En forma presencial: se debe completar e imprimir el formulario 88 que se encuentra en la página www.tesoreria.cl, imprimir aviso de recibo y dirigirse a pagar en instituciones bancarias en convenio con Tesorería.
6.- INSCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO
- Con el comprobante de pago de Tesorería impreso más la factura de compra del vehículo, se inscribe el vehículo en el Registro Civil.
- No se podrá inscribir el vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados, sin que previamente se acredite pago del Impuesto Verde.
7.- EXCEPCIONES
- Vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros (con capacidad de más de 9 asientos, incluido el del conductor).
- Vehículos destinados a prestar servicios de Taxi: una vez inscrito el vehículo como taxi en el Ministerio de Transportes, pueden solicitar la devolución del impuesto en www.tesoreria.cl
- Camiones, camionetas y furgones de 2.000 o más kilos de capacidad, y furgones cerrados de menor capacidad.
- Camionetas nuevas de hasta 2.000 kilos de capacidad de carga útil, siempre que pasen a formar parte del activo inmovilizado del contribuyente.